Modernización de la gestión contable de la Seguridad Social mediante digitalización
1. RESUMEN EJECUTIVO
Esta resolución moderniza la gestión contable de la Seguridad Social estableciendo el formato electrónico como estándar para los documentos contables, relegando el soporte físico a casos excepcionales. Introduce un nuevo documento para simplificar los traspasos de fondos entre cuentas bancarias y actualiza las referencias organizativas tras cambios en la estructura de las Intervenciones delegadas.
2. OBJETO Y ÁMBITO
- Qué regula: Modifica la instrucción de gestión contable de 2014 para digitalizar completamente el sistema contable de la Seguridad Social
- A quién afecta:
- Entidades gestoras de la Seguridad Social
- Servicios comunes del sistema
- Mutuas colaboradoras
- Tesorería General de la Seguridad Social
- Intervenciones delegadas
- Ámbito territorial: Todo el territorio nacional donde opera el sistema de la Seguridad Social
3. CONTENIDO PRINCIPAL
Digitalización de documentos contables
- Formato electrónico obligatorio: Los documentos contables serán electrónicos en formato PDF, conforme a la normativa de procedimiento administrativo
- Soporte físico residual: Solo en circunstancias excepcionales determinadas por la Intervención General
- Firma electrónica: Autorización mediante firma electrónica de los órganos competentes
Nuevo documento contable CPMF.920
- Finalidad: Simplificar el registro de movilizaciones de fondos entre cuentas bancarias
- Naturaleza: Operación patrimonial que se contabiliza tras los movimientos reales
- Ventaja: Reduce significativamente la carga administrativa eliminando documentos duplicados
Actualización organizativa
- Sustitución de referencias a "Interventores delegados jefes de área" por "Interventores delegados"
- Adaptación a la nueva estructura organizativa establecida en 2023
Procedimientos de tramitación
- Aplicación PDSI: Gestión de predocumentos contables en formato electrónico
- Integración GEXI: Vinculación con expedientes electrónicos
- Archivo digital: Conservación electrónica durante 6 años desde remisión al Tribunal de Cuentas
4. ENTRADA EN VIGOR Y PLAZOS
- Entrada en vigor: Día siguiente a la publicación en el BOE (29 de abril de 2026)
- Régimen transitorio:
- Documentos del Anexo II pueden tramitarse electrónicamente de inmediato
- Resto de documentos seguirán en formato físico hasta desarrollo informático completo
- Sello electrónico requiere autorización previa de la Intervención General
5. IMPACTO PRÁCTICO
Para las entidades del sistema de Seguridad Social
- Adaptación tecnológica: Implementar sistemas de firma electrónica y gestión documental digital
- Formación del personal: Capacitar en nuevos procedimientos electrónicos
- Eficiencia operativa: Reducción significativa de trámites administrativos en traspasos bancarios
Para los profesionales de la intervención
- Nuevas competencias: Manejo de herramientas digitales (PDSI, GEXI)
- Responsabilidades actualizadas: Gestión de documentos electrónicos y archivo digital
- Control interno: Adaptación de procedimientos de fiscalización al entorno digital
Beneficios generales
- Agilización: Procesos más rápidos y eficientes
- Trazabilidad: Mejor seguimiento de operaciones
- Sostenibilidad: Reducción del uso de papel
- Seguridad: Mayor control y conservación de documentos